La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) instruyó a las entidades financieras y las empresas de arrendamiento financiero que realicen el diferimiento automático de las cuotas de crédito a capital, intereses y otros impuestos (gravámenes) por los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020. La medida está contemplada en la circular 4737/2020.
El documento que publicó el diario El Deber indica que la instructiva surge en cumplimiento del Decreto Supremo 4318. Sin embargo, afirma que los prestatarios que así lo requieran pueden seguir pagando sus créditos mediante los mecanismos habilitados por las entidades.
La ASFI señala que los clientes pueden convenir con la financiera las opciones para regularizar las cuotas de capital e intereses que fueran diferidas, sin que su aplicación implique el incremento de la tasa de interés ni la ejecución de sanciones y penalizaciones por mora, prohibiéndose el anatocismo (capitalización de los intereses de una cantidad prestada).
La entidad reguladora también explica que las financieras deberán informar a sus clientes que los pagos de amortizaciones de crédito seguirán la cronología de los planes de pago originales, a partir del 1 de enero de 2021.
Asimismo, otra modalidad que establece el mencionado decreto es la reprogramación o refinanciamiento de créditos por un periodo de 24 meses; siempre y cuando cuenten con capacidad de generación de flujos futuros para cumplir con sus obligaciones crediticias.
El Deber
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