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Coca gana amparo y podrá postularse en las próximas elecciones

Coca gana amparo y podrá postularse en las próximas elecciones

El exdecano de la UAGRM afirmó que esta resolución solo le favorece a él y no implica la modificación de la fecha o cualquier otro artículo de la Convocatoria al Claustro Universitario 2021-2025.

La Sala Constitucional Cuarta de Santa Cruz determinó habilitar a Alfonso Coca como candidato a decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas, para las próximas elecciones de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM).

Pese a ello, Coca informó que esta resolución le favorece solo a él y no implica la modificación de ningún artículo de la Convocatoria al Claustro Universitario, aprobada por el Ilustre Consejo Universitario (ICU).

“El Tribunal ha sido claro, hay elecciones en la fecha indicada, no se modifica ninguna parte de la convocatoria, solamente en cuanto a mi persona se deja sin efecto la inhabilitación”, añadió.

Cabe señalar que el artículo 2 parágrafo II de la Convocatoria impide ser candidato a las exutoridades que ejercieron por dos periodos consecutivos anteriores. Es decir, no pueden postularse al mismo cargo que ya ocuparon en gestiones pasadas.

Coca al ser afectado por esta normativa impugnó la convocatoria en las instancias pertinentes de la universidad, pero al no encontrar respuesta positiva decidió recurrir a la justicia ordinaria para exigir su habilitación.

Fue de esta manera que la Sala Constitucional Cuarta de Santa Cruz, compuesta por los magistrados Alaín Núñez y Jimmy López determinaron hoy que la Convocatoria de la universidad lesionaba los derechos constitucionales de Coca y se ordenó su habilitación para participar de las próximas elecciones.

Entre los argumentos jurídicos que planteó la exautoridad facultativa para lograr su habilitación fue que, de acuerdo a la Constitución Política del Estado (CPE), las leyes no son retroactivas.

La Convocatoria al Claustro Universitario tomó como base legal lo estipulado en el Estatuto Orgánico de la UAGRM que fue aprobado en el 2018, sin embargo, Coca fue autoridad hace unos 9 años atrás, por lo que la justicia ordinaria determinó que el artículo 2 no tiene ningún efecto para la exautoridad.

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