El Universitario

Documento que interpreta la repostulación sugiere acudir a la Corte Interamericana de Derechos H.

Documento que interpreta la repostulación sugiere acudir a la Corte Interamericana de Derechos H.

Consejo Facultativo de Jurídicas respaldó el trabajo de catedráticos. El decano y docentes, enfatizan que es un trabajo académico.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) sorprendió el pasado 28 de noviembre, con la Sentencia Constitucional 0084/2017 que habilita al presidente Evo Morales, al vicepresidente Álvaro García Linera y a todas las autoridades electas a repostularse de manera indefinida.
A principios de febrero, un grupo de catedráticos de UAGRM, a la cabeza de Jorge Castedo, entre constitucionalistas y de otras ramas, emitieron un análisis jurídico a la Sentencia Constitucional que ampara la reelección indefinida de autoridades.

El Consejo Facultativo, dirigida por el decano de Jurídicas, Mafredo Menacho, no dudó en respaldar y enviar al Consejo Universitario para que se aprobara como un documento académico.

Al respecto, el docente Jorge Castedo, enfatiza que el documento no es un manifiesto político, ni de intenciones, sino una interpretación jurídica. “Hemos analizado únicamente desde el punto de vista jurídico como catedráticos, tomando en cuenta lo que manda la carta magna y la doctrina jurídica”.

El documento sostiene que en todos los países democráticos del mundo, existe el Poder Constituyente y el Poder Constituido, al respecto Castedo explica que el poder Constituido es el que ostenta y representan las autoridades electas y representantes; mientras que el Poder Constituyente está representado por la voluntad del pueblo, ya sea Referéndum, elecciones, plebiscitos, etc. “Por lo tanto, en las democracias del mundo entero, el poder Constituyente está por encima del Poder Constituido”, manifiesta.

Sobre la posesión que debe asumir la universidad y sus autoridades, Castedo pregunta “¿A quién debe acudir la sociedad cuando quiere una interpretación jurídica legal, desde la doctrina?, es pues a la Universidad y los catedráticos de Derecho, así como cuando se quiere un informe médico, se debe acudir a Medicina, por lo tanto ese documento es el que debe asumir la Universidad para alinear sus acciones en lo posterior”, sostiene.
El jurista lamenta que algunos políticos crean que ese documento es el parecer de algunos docentes. “No puede ser nuestro parecer porque no decimos lo que creemos ni lo que sentimos, sino que elaboramos un documento amparados en la doctrina jurídica, que es lo que enseñamos a nuestros alumnos, de donde salen los fiscales y jueces”, finaliza.

Por su lado el decano Manfredo Menacho explicó a El Deber, que “Los profesores de Derecho Constitucional se reunieron para analizar la sentencia 084/2017, a instancia mía, y han rechazado dicho veredicto por carecer de fundamento jurídico”, explicó Menacho, quien por su parte indicó que a raíz de ese debate académico se recomendó dos cosas: primero, elevar el análisis de la Uagrm al sistema universitario nacional para su pronunciamiento; y segundo, denunciar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dependiente de la OEA, el fallo del TCP y pedirle que dicte medidas cautelares para frenar los efectos de esa decisión judicial que, en su opinión, atenta contra el mandato del voto popular.

El decano de jurídicas también sostiene que el documento no puede ser político, sino eminentemente académico.

Related Articles

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *