El Universitario
¿Deben renunciar las autoridades antes de postular a un nuevo cargo?

¿Deben renunciar las autoridades antes de postular a un nuevo cargo?

Una sentencia que emitió el Tribunal Constitucional el año 2019 podría ser un respaldo para que las actuales cabezas de la ‘U’ no necesiten renunciar mientras postulan a un nuevo cargo, sin embargo, analistas señalan que también debe existir un principio de igualdad y ética entre los candidatos electorales.

Claustro Universitario 2021

Docentes ven una ventaja que los candidatos ostenten un cargo, el cual podría ser usado para fortalecer sus campañas e incluso hacer un mal manejo de los recursos y bienes que manejan.

La relación entre legalidad y legitimidad no siempre es armoniosa. Este parece ser el caso de las próximas elecciones universitarias, en la que se abrió el debate acerca de que si las autoridades electas deben o no renunciar a sus actuales cargos antes de postularse como candidatos. Lo que sí queda claro es que ninguna autoridad electa puede postular al puesto que ya ocupó en estos últimos años, ya que el Estatuto Orgánico de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM) prohíbe la reelección.

Pero, en caso de pretender otro cargo ¿Es necesario primeramente renunciar? Todo indica a que, desde un punto de vista legal, las actuales autoridades pueden postular a un cargo distinto sin necesidad de renunciar, ya que el Estatuto Orgánico no lo prohíbe expresamente y, desde el punto de vista jurídico, existe la Sentencia Constitucional Plurinacional 0032/2019, emitida por el Tribunal Constitucional el 9 de julio del 2019, en la cual se establece que las autoridades electas ya no deberán renunciar tres meses antes del día de las elecciones generales. Si bien esta sentencia fue dictada para las elecciones presidenciales, por jurisprudencia también se aplicó para el sufragio departamental y municipal y tendría el mismo efecto para otros eventos electorales que se lleven a cabo en entidades autónomas, tal es el caso de las universidades públicas.

“El Artículo 203 de la Constitución establece que las resoluciones del Tribunal Constitucional son vinculantes, entonces lo que ya se estableció solo puede ser modificado por otra sentencia. Las autoridades electas estarían amparadas y no tendrían necesidad de renunciar”, afirmó el constitucionalista Ricardo Sotillo. Señaló que no se está haciendo una valoración ética, sino jurídica de la situación y que cualquier restricción a título de autonomía universitaria sería inconstitucional.

En esta misma línea, William Herrera, constitucionalista y docente en la Facultad de Ciencias Jurídicas, aseguró que el Tribunal Constitucional abrió la posibilidad de que las autoridades elegidas democráticamente no se les exija que renuncien a su cargo y que habría jurisprudencia para entidades como las universidades públicas. Sin embargo, considera que los candidatos que estén ocupando un cargo tendrán ventajas con sus competidores y que el Ilustre Consejo Universitario (ICU) y la Corte Electoral podrían regular este asunto.

“Lamentablemente, hay ventajas, no es lo mismo hacer campaña de abajo que de arriba, pero es una jurisprudencia, en tanto no cambie eso, es lo que podría estar vigente ahora”, apuntó.

LEGITIMIDAD E INSTITUCIONALIDAD

Más allá de lo coercitivo ¿Es conveniente que las actuales autoridades se postulen a un nuevo cargo, sin previamente renunciar? Para Roy Céspedes, exdelegado ICU por la Facultad de Humanidades, la respuesta es un rotundo no. “Por un principio de igualdad, ética, moral y respeto a normas internas todas las autoridades que pretenden postularse a un cargo de la Universidad deben renunciar, para que compitan en igualdad de condiciones entre todos los candidatos y que no se hagan un mal uso de los bienes de en favor de alguna candidatura”, aseveró.

Calificó de inadmisible que alguna autoridad intente aprovechar su posición para obtener una ventaja de sus competidores y que en los próximos congresos universitarios se debe modificar el Estatuto Orgánico para añadir una regulación al respecto. Por su parte, Daniel Valverde, docente especializado en el área constitucional, considera que se debe hacer una consulta al Tribunal Constitucional para que dé su palabra final, aunque ve muy probable que la sentencia también alcance al ámbito universitario. Pese a ello, afirmó que todas las autoridades que pretendan postular a un nuevo cargo deberían renunciar para generar una igualdad de partes en la competencia electoral.

Jurisprudencia

La Sentencia Constitucional 0032/2019 permite a las autoridades electas participar de elecciones, sin necesidad de renunciar.

IGUALDAD PARA TODOS

La FUP pide renuncia.- La Federación Universitaria de Profesores (FUP) emitió una resolución de cinco puntos, entre los cuales exige el respeto y cumplimiento al “principio constitucional y estatutario de igualdad para todos” y pide que todas las autoridades electas o designadas que pretendan participar en el proceso eleccionario, deben renunciar con, por lo menos, 30 días de anticipación. Además, exigen transparencia en todo el proceso electoral y que la sesión del Consejo Universitario, para definir las condiciones en las que se llevarán a cabo el claustro universitario, se realice en instalaciones de la UAGRM en sesiones públicas, según lo establece el Artículo 30 del Estatuto Orgánico.

Related Articles

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *