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“La Fiscalía y los jueces han dictado más de 50 sentencias vulnerando la presunción de inocencia y el principio de legalidad”, Catedrático de Derecho.

“La Fiscalía y los jueces han dictado más de 50 sentencias vulnerando la presunción de inocencia y el principio de legalidad”, Catedrático de Derecho.

“No estoy en contra del Gobierno se busca corregir errores jurídicos”, aclara el docente.

En un artículo publicado en su portal de Facebook este 15 de abril, que circuló por las redes sociales, el catedrático de Derecho y Presidente de la Corte Electoral de la Universidad “René Moreno”, Roger Guzmán Coronado, asegura que La Fiscalía y los Jueces han dictado más de 50 Sentencias en Bolivia vulnerando la Presunción de Inocencia y el Principio de Legalidad en los artículos 116, 117,123, de la Constitución Política del Estado.

“No estoy en contra del gobierno se busca corregir Errores Jurídicos”, aclara el docente.

Art. 216. CP, (Delito contra la Salud Pública) indica: el que propagare o transmitiere una enfermedad grave… tendrá pena de 1 a 10 años”. Si bien es delito de peligro, éste categóricamente necesita del resultado (que propague la enfermedad) como condición (Sine Quanum) si no hay propagación, no hay delito.La imagen puede contener: texto

La Policía y la Fiscalía arrestan, cautelan, el juez dicta sentencia, lo llamativo es que los más de 50 arrestados y sentenciados se han declarado culpables y les han dado de 1 a 3 años, (Sin prueba de ser portadores y propagadores del Covid-19).

El artículo en su redacción es muy general, carece de especificidad, precisión, y certeza sobre la conducta del ciudadano, no olvidemos que la duda beneficia al acusado. Es por eso que el artículo es atípico a la conducta del ciudadano que sale a la calle y es sentenciado (No existiendo relación entre el hecho y el tipo penal sancionador) por lo que las sentencias dictadas, carecen de legalidad y vulnera la presunción de inocencia.

En mi opinión sólo es legal lo descrito en el Decreto Supremo 4200 del 25 de marzo de 2020, que indica que si el ciudadano es arrestado al salir de su domicilio sólo precede su arresto por 8 horas, una multa de Bs 1.000; no así una pena de 1 a 10 años.

Escribió el catedrático.

Debatamos este tema sin temor, eso fortalece la democracia y la justicia.

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