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El poder del Consejo Municipal

El poder del Consejo Municipal

El pasado domingo 28 de marzo 2021, se publicaron los Resultados Departamentales, Regionales y Municipales. Jhonny Fernández Saucedo, es el nuevo Alcalde Municipal.

Por: David Zeballos Soliz

Una Elección, bastante reñida y controvertida, donde el Tribunal Electoral Departamental (TED), fue bastante criticado por la ejecución del cómputo de votos; pese a los modernos adelantos de la tecnología. Cada vez, aparecen más observaciones de parte de los Candidatos que reclaman los permanentes errores que se siguen cometiendo, por la falta de una buena información y orientación en el desarrollo del proceso electoral.

La Ley No. 482 de 9 de enero de 2014. Reconoce dos clases de Poder: 1) El Órgano Ejecutivo, conformado por el Alcalde Municipal, hoy, presidido por Jhonny Fernández, una vez, sea posesionado el 3 de mayo por la Autoridad Jurisdiccional Ordinaria.

El Alcalde, formará su propia estructura política nombrando a sus Secretarios Municipales de acuerdo a sus necesidades. También puede nombrar a las Sub Alcaldías, Entidades Desconcentradas y Descentralizadas y las Empresas Municipales, mediante un Decreto Edil. Los que forman parte, de sus atribuciones municipales (Art. 24, 25 y 26 de la Ley No. 482).

Mientras el Órgano Legislativo, está conformado de 11 Concejales, con funciones de Legislar, Deliberar y Fiscalizar. Entre otras atribuciones que se hacen mención en el Art 16 de la Ley No. 482.

“El REGLAMENTO GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA”. Establece, en el Art. 1. En su Primera Parte, que el objeto de este Reglamento, “es regular el ejercicio de las facultades deliberativas, legislativas y fiscalizadora del Concejo Municipal de Santa Cruz.
Y, la Segunda Parte, de este Art., nos indica su fundamentación, cuyas características son: la independencia, separación, coordinación y cooperación entre el Órgano Ejecutivo y el Concejo Municipal.

Además los artículos siguientes del Estatuto nos dice: que el Concejo Municipal, constituye el “Máximo Órgano Municipal”. Y que son elegidos por: “votación universal, directa y secreta.

También se establece, que en su instalación de sesiones la designación de su Presidente y Secretario los cuáles corresponde a la primera mayoría y la Vicepresidencia a la segunda mayoría. (Art. 7 del Reglamento General).

En consecuencia, ¿cómo se va a organizar el Poder Legislativo o Concejo Municipal?. Cuándo los resultados arrojan a una paridad entre 4 Concejales para C-A y 4 Concejales para UCS. Donde no se puede hablar de una mayoría y una minoría. Donde cualquiera de las fuerza política puede tener el derecho a la Presidencia del Concejo.

Para Jhonny Fernández, será muy difícil tomar una decisión certera y precisa. Cuándo debe buscar una gobernabilidad estable y fructífera. Para un pueblo, que puso su confianza y esperanza ante una Alcaldía endeudada en su administración financiera.

Yo, pienso, que una buena salida puede ser la unificación de las dos fuerzas políticas más votadas. A-C y UCS. Así, tendría los 2/3. Y se beneficiaría a Santa Cruz, con un buen Gobierno Municipal. Más existe la posibilidad y la libertad de buscar entre las dos fuerzas restantes que harían también los 2/3.

Prohibido equivocarse, Señor Alcalde, Jhonny Fernández. Si no fiscalizan los Concejales, será el pueblo quién lo haga.

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