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Observatorio Político, sobre la convocatoria a elecciones en 90 días. “Hay una pulseta entre dos fuerzas políticas que quieren polarizar las elecciones”.

Observatorio Político, sobre la convocatoria a elecciones en 90 días. “Hay una pulseta entre dos fuerzas políticas que quieren polarizar las elecciones”.

El director del Observatorio Político de la Universidad Cruceña explica que se apresuraron tanto el Legislativo como la Presidente. Le parece que hay una pulseta, “hasta arreglada”.

Para el director del Observatorio Político Nacional de la Universidad Cruceña, Daniel Valverde, la Asamblea Legislativa pudo cometer errores de procedimiento porque en una sola sesión sancionó la Ley, remitió al Legislativo y la promulgó sin convocar a una nueva sesión, siendo que la CPE en su artículo 161 numeral 4 establece esa función específica e independiente del procedimiento legislativo.

Pero manifiesta que también la Presidente se apresuró en devolverla al Ejecutivo, teniendo 10 días para observar o rechazar la ley.

“La Asamblea Legislativa se apresuró en promulgar la Ley de Elecciones en el plazo de 90 días. Pero lo que más llama la atención es la actitud reactiva y también apresurada de la Presidente, porque según procedimiento legislativo constitucional, tiene 10 días de plazo para hacer las observaciones. Entonces pudo en esos 10 días incluso generar algunas reflexiones colectivas y apoyada en argumentos sanitarios epidemiológicos, porque no observa en realidad, lo que hace es remitir una carta, con una reacción muy personal, como candidata y no como cabeza del órgano ejecutivo,”, explica Valverde.

“El ejecutivo no hizo uso de su derecho de observar o vetar de manera no técnica, ni jurídica”, dice el catedrático.

Valverde ve un segundo defecto que podría ser el que se use para llegar al Tribunal Constitucional: Ha habido errores en el procedimiento porque al retornar la ley a la Asamblea Legislativa se tenía que haber llamado a una nueva sesión; y por procedimiento se debió hacerlo en el plazo de 24 horas, según establece el artículo 75 del reglamento que se aplica para el funcionamiento de la Asamblea.

“En una sesión se aprueba la Ley, se sanciona se remite al Ejecutivo; el ejecutivo devuelve y en la misma sesión se la promulga; ahí estaría el error de procedimiento que por ahí podrían buscar la invalidación de esta ley”, indica Valverde.

Sin embargo, el director del observatorio añade que sería rasgarse las vestiduras porque el Órgano Electoral ha establecido un rango entre junio y septiembre. “Estos 90 días como máximo, que establece la ley, están casi dentro el rango que establece el Tribunal Electoral, con la posibilidad que pueda ampliarse si es que técnicamente las instancias sanitarias lo establecen”, aclara.

A su criterio esto es una pulseta entre dos fuerzas políticas que quieren polarizar las elecciones. “Es una pulseta, y hasta me parece arreglada entre una fuerza política y otra, por las circunstancias y riesgos que corre el país por el impacto económico y social de esta plaga. Lo políticamente civilizado sería abrir un gran espacio de diálogo y concertación”, finaliza.

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